El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el pasado 30 de junio, se ha pronunciado sobre una vieja cuestión en la que se confrontan dos valores dignos de protección y a los que la Constitución Española da carácter de derechos fundamentales: el derecho a la libertad de expresión (artículo 20.1 CE) y el derecho al honor y a la propia imagen (artículo 18.1 CE). El conflicto se produce con frecuencia porque al manifestar una opinión puede ofenderse. El concepto de ofensa es eminentemente relativo y hay quien se siente agraviado por una nadería y quien, por su carácter u otra circunstancia adopta otra posición diametralmente opuesta.