En este artículo lñaki Alonso explica detalladamente el porqué de la reciente modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades de Bizkaia en relación a la deducción para producciones cinematográficas y audiovisuales derivada de nuevos criterios incorporados al de la Unión Europea. Son tres los nuevos elementos que se incorporan con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2014, a la regulación del Impuesto sobre Sociedades. Por un lado, la exclusión en su integridad de las subvenciones percibidas para la determinación de la base de deducción. Por otro lado, se establecen los umbrales máximos que nunca va a poder superar la deducción y por último, se ha incorporado la condición suspensiva de aplicación de la deducción hasta el momento en el que la Comisión Europea declare la compatibilidad del incentivo con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.