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La errónea calificación de un contrato como simulado es un defecto sustantivo que no permite la retroacción de actuaciones. (Análisis de la STS de 15 de septiembre de 2014, rec. núm. 3948/2012)
Autores:
Eva María Cordero González
Localización:
Revista de Contabilidad y Tributación. CEF
,
ISSN-e
2792-8306,
ISSN
2695-6896,
Nº 382, 2014
,
págs.
134-140
Idioma:
español
Texto completo no disponible
(Saber más ...)
Dialnet Métricas
:
3
Citas
Referencias bibliográficas
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Sesma Sánchez, B. La nulidad de las liquidaciones tributarias, Thomson-Reuters Aranzadi, en prensa.
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