Ir al contenido

Derecho Penal. El daño causado en heredad ajena por un ganado introducido de intento en ella, ¿debe calificarse como hurto, al tenor de lo dispuesto en el párrafo 3º, art. 437 del Cód. Penal, ó solo como una simple falta, prevista y penada por los artícu


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2025 INAP - Todos los derechos reservados