El problema de las conductas neutrales y los distintos criterios utilizados para dilucidar si, en tales casos, se debe responder o no penalmente como partícipe por la utilización de dichos actos por un tercero con fines delictivos, son aplicables también en el ámbito del delito de tráfico de drogas: piénsese en la empresa que desarrolla una actividad de transporte, en la actividad de los taxistas que trasladan a los narcotraficantes o en la venta de un barco en el que se va a transportar la droga.