María de la Luz Lozano Gago
Ya no basta con la alegación de la vulneración de un derecho fundamental en la resolución que se impugna en amparo y con pedir una equitativa reparación, sino que tiene que justificarse de manera objetiva que más allá de ello el recurso requiere un pronunciamiento sobre el fondo en atención a la importancia para la interpretación o aplicación de la Constitución o para la determinación de su contenido y alcance.