G. Arestis
Los Estados miembros deben respetar el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres cuando conceden la ayuda al cese anticipado de la actividad agraria a los agricultores de mayor edad. Por consiguiente, no pueden fijar de manera diferente, según el sexo o el número de hijos del solicitante, la edad a partir de la cual ya no puede solicitarse esa ayuda