El Consejo ha decidido suprimir el requisito de que los candidatos en las elecciones sufragio pasivo en dicho Estado o que no manifestasen no tener constancia de tal privación, y sustituirla por una declaración personal de que no ha sido privado del derecho de sufragio pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo, que ha de adjuntarse a la declaración formal que esos ciudadanos deben presentar con su candidatura al Parlamento Europeo en su Estado miembro de residencia presenten una certifi cación de las autoridades administrativas competentes del Estado miembro de origen de que la persona de que se trate no haya sido privada del derecho de