La reforma fiscal sometida recientemente a debate público tiene, en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido, como una de sus finalidades, la depuración de nuestra legislación interna en los aspectos que son contrarios a la normativa de la Unión Europea. Así, se incorporan una serie de modificaciones derivadas de la necesidad de adaptar la normativa interna tanto a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como a un cumplimiento de lo instado por la Comisión Europea en vía precontenciosa. Tal es el caso de la «supresión de la exención a los servicios prestados por los fedatarios públicos en conexión con operaciones financieras exentas o no sujetas al IVA».