¿Es posible indemnizar al progenitor no custodio en los casos en los que penalmente se condena por un incumplimiento en el régimen de visitas? ¿Hay una vulneración de algún derecho fundamental cuando se impide al progenitor no custodio una relación normal de comunicación con su hijo que deba ser indemnizado? ¿Cómo se puede cuantificar esta indemnización? En este trabajo se abordan estos interrogantes y se aportan posibles soluciones.