Las recientes filtraciones de información clasificada por parte de personas ajenas al mundo de los medios de comunicación social, y ligadas a los new media, obligan a los juristas a plantearse tanto el sentido de los tradiciona-les secretos de Estado como su propia definición y objeto y los procedimien-tos y garantías convencionales. En el caso de España, el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial han reaccionado con medidas de auto-defensa, coetáneas de una Ley de Transparencia contestada, que habrán de ser sustituidas por análisis profundos de la realidad social que la revolución tecnológica pone ante nuestros ojos, y que deberá ser regulada.