En este artículo se pretende contrastar los argumentos del Acuerdo de 1 de octubre de 2013 del Consejo Audiovisual de Cataluña con la legislación aplicable y la jurisprudencia para valorar hasta qué punto puede considerarse satisfactoria y ajustada a derecho su conclusión de que el reportaje sobre la Vía Catalana hacia la Independencia, destinado al público infantil y en el que participaban menores de edad, no vulnera el marco jurídico de estos.