Análisis de la situación concurrente que puede surgir cuando en una pareja uno de sus miembros comete uno o varios delitos de carácter económico y se pretende trasladar al otro miembro de la misma las responsabilidades inherentes a los hechos cometidos por el otro bajo una especie de presunción de conocimiento y participación en el ilícito penal. ¿Quién tiene la carga de probar la colaboración criminal o la inexistencia de esta en la pareja del autor directo? ¿Debe actuar la acusación o hay que probar la inexistencia del dolo por la defensa de quien no actuó directamente en el delito? ¿Existe responsabilidad penal por el mero conocimiento de la comisión de delitos económicos por su pareja?