La posibilidad de que los jueces ordinarios puedan desplazar las normas autonómicas que contradigan la legislación básica estatal, como una operación de selección de la norma aplicable en el ejercicio de su función integradora del ordenamiento jurídico, ha suscitado una interesante discrepancia entre el TS y el TC, cuyas últimas sentencias al respecto se exponen en este trabajo.