El objeto de este estudio se centra en determinar el criterio aplicable para concretar la base de cálculo de la minuta de honorarios del Letrado del tercerista que ha obtenido a su favor la condena en costas, cuando no ha existido previamente indicación alguna sobre la cuantía del procedimiento en la demanda presentada por el tercerista, no existiendo oposición alguna de contrario, ni subsanación en sede judicial.