Todas las empresas con al menos un trabajador por cuenta ajena han de organizar sus actividades de prevención de riesgos laborales recurriendo a una o más de las cinco modalidades de organización que contempla la normativa, pero esta materia se ha regulado de tal forma que una abrumadora mayoría de las empresas instaladas en España han optado por la modalidad de contratar un servicio de prevención ajeno.