El 27 de noviembre de 2012 el Tribunal Federal Alemán dictó sentencia en el caso Brüstle v. Greenpeace. El Bundesgerichtshof había planteado previamente cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo, relativa a la interpretación de la Directiva 98/44/CE, de protección de las invenciones biotecnológicas. El Alto Tribunal de la Unión Europea, mediante sentencia de 18 de octubre de 2011, resuelve la cuestión prejudicial proporcionando una definición de «embrión no patentable», que el Tribunal Federal aplica en el veredicto del caso Brüstle. El artículo describe y analiza el fallo, realizando un comentario crítico a la noción de embrión que emplea el Tribunal alemán, haciendo especial hincapié en el problema de los embriones no viables y en la posible repercusión del veredicto en el marco de la «patente unitaria» europea.