La Ley de Cantabria 3/2012, de 21 de junio, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, supone una nueva visión de la regulación del suelo rústico que deja sin efecto una anterior reforma llevada a cabo por la Ley 2/2009; la cual pretendía desbloquear y regular la construcción y rehabilitación de viviendas unifamiliares e instalaciones vinculadas al ocio y el turismo rural en el suelo rústico o no urbanizable. La nueva modificación aparece, otra vez, lastrada por cautelas innecesarias que ya dieron lugar a que, en la práctica, se imposibilitara tanto la construcción de nuevas viviendas como la rehabilitación y cambio de uso de las edificaciones existentes, lo que se tradujo en una clara y evidente degradación del medio rural.