Los cambios introducidos por el RDL 3/2012 permiten descubrir en todos ellos el propósito de supresión o suavización de buena parte de las restricciones a las que quedó sometida la celebración del contrato para la formación y el aprendizaje con el RDL 10/2011. El resultado es una regulación mucho más flexible y dominada por el deseo de facilitar y fomentar aquella celebración.