La sentencia estima el recurso con el Auto denegatorio de la revisión de la condena, con apoyo del fiscal del TS, aplicando el art. 368.2 CP (LA LEY 3996/1995), conforme a la redacción dada por LO 5/2010 (LA LEY 13038/2010), frente a la denegación que realizó la Audiencia sobre la revisión del fallo condenatorio firme, a pesar de que la pena impuesta era pena imponible con arreglo a la nueva normativa.