La STSJM núm. 279, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Secc. 6.ª, de 13 de marzo de 2012, se erige en el primer fallo judicial que interpreta el alcance del principio de sometimiento al ordenamiento jurídico del CNI, estableciendo que la clasificación genérica de información clasificada sobre la organización interna, medios, procedimientos o personal del CNI no puede erigirse en obstáculo al disfrute de los derechos fundamentales del personal estatutario del centro ni en excusa para el cumplimiento por el CNI de aquel principio.