El presente artículo analiza la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa a la atribución del uso de la vivienda familiar cuando existen hijos menores, poniendo de manifiesto la posibilidad de realizar una interpretación del art. 96 del Código Civil, adecuado y coherente con la actual realidad social. De esta forma se exponen las contradicciones en las que, a juicio del autor, incurre la Sala 1.ª del Tribunal Supremo al impedir la limitación temporal del uso de la vivienda, en estos casos.