El RDL 5/2012 incorpora al Derecho español la Directiva 2008/52/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asunto civiles y mercantiles, respondiendo a su objetivo principal: la regulación de la mediación para asuntos transfronterizos. El riesgo de sanción contra España y de expediente de infracción, por expiración del tiempo previsto de transposición, es la causa de la urgencia y de la fórmula legislativa elegida.