En el presente trabajo se analiza la posibilidad de que las cuotas defraudadas a la Hacienda Pública puedan ser objeto de un posterior delito de blanqueo de capitales. Se estudian las diversas posturas doctrinales en la materia (a favor y en contra) y, ante las afirmaciones que dan por zanjada la cuestión como consecuencia del texto de la nueva Ley 10/2010, de Prevención del Blanqueo de Capitales, se dan argumentos para concluir que, a pesar de la literalidad de la Ley, las cuotas defraudadas no pueden ser objeto de un posterior blanqueo.