El presente artículo analiza el reciente Acuerdo de la Sala Primera del Tribunal Supremo después de la reforma introducida por la Ley 37/2011, de Medidas de Agilización Procesal, por lo que respecta a los nuevos criterios de admisión de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal. La Sala interpreta la reforma y establece las pautas y requisitos para la admisión de los recursos, así como una puesta al día del concepto de interés casacional