El concepto de delito grave como límite para el acceso a la información almacenada en las bases de datos relativas a las comunicaciones, y la generosa interpretación que del mismo se ha hecho en nuestra práctica judicial cotidiana, han entrado en crisis como consecuencia de la influencia de la sentencia del Tribunal Constitucional alemán de 2 de marzo de 2010 y los recientes informes de la Comisaria de Asuntos de Interior y del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre la aplicación de la Directiva 2006/24/CE. Se realiza una propuesta de reinterpretación de tal concepto teniendo en cuenta la naturaleza de los derechos sacrificados por razón del régimen de su conservación; la existencia de otros valores jurídicos que pudieran superar tal concepto literal de delito grave, y a la vez acudiendo a la fuente normativa comunitaria como vías para expandir tal límite dentro de márgenes de una mayor proporcionalidad y racionalidad.