En la práctica, para asegurar la exclusividad de los operadores en su propio territorio con frecuencia se han venido incluyendo en las licencias relativas a derechos sobre transmisiones televisivas compromisos relativos a impedir que las emisiones puedan ser recibidas fuera del territorio en el que opera cada uno de los organismos titulares de licencias. Precisamente, la determinación de ciertos límites a la admisibilidad de ese tipo de restricciones territoriales en el marco del mercado interior constituye un elemento clave de la sentencia del Tribunal de Justicia de 4 de octubre que se analiza en este trabajo.