José Luis Manzanares Samaniego 
No son frecuentes los estudios sobre la responsabilidad patrimonial del Estado por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia conforme a lo dispuesto en los artículos 292 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, a la que se remite el artículo 139.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La cuestión suscita numerosos problemas, tanto respecto al error judicial del artículo 293 como a la indemnización por prisión provisional con declaración posterior de inexistencia del hecho imputado, sin olvidar los restantes supuestos de funcionamiento de aquella Administración en lo que no afecta a las funciones jurisdiccionales de Jueces y Magistrados. Este trabajo se circunscribe exclusivamente al repetido error judicial.