La concurrencia entre derecho a prestación por desempleo y cobro de salarios de tramitación genera una especial obligación de comunicación del beneficiario, dentro de un cuadro legal casuístico, que se agrava con los cambios en los criterios jurisprudenciales (STS, 4ª, de 22 de junio de 2009) y los votos discrepantes de la nueva doctrina unificada.