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Imposibilidad de oposición de la Diputación de Pontevedra a la declaración de ilegalidad de las obras de ampliación del Puerto de Marín: no existe indefensión de entidad local a la que no se otorgó el trámite previsto en el artículo 54.4 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, si es que en el procedimiento administrativo se le emplazó oportunamente


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