Pablo Rodríguez-Palmero Seuma
No es extraño que, tras la adquisición de un inmueble, el comprador descubra que sobre el mismo pesan cargas que desconocía con anterioridad a la venta. La operativa del Registro de la Propiedad, si bien no excluye esta posibilidad en relación con las cargas inscritas, ciertamente la limita en gran medida. Por ello, actualmente las controversias suelen surgir por razón de cargas urbanísticas, no inscritas en aquel Registro pero cognoscibles por otros medios.