En el Derecho romano el encierro en la cárcel constituye un medio de contención del reo para su posterior enjuiciamiento y condena, que coincide con situaciones en las que el ordenamiento jurídico romano permite explotar al reo en trabajo forzados condena in metallum o in opus publicum. Sin embargo, la cárcel cumple en Roma un medio idóneo preventivo de custodia y no de castigo, así el ordenamiento jurídico romano no llegó nunca a conocer el encarcelamiento como pena aplicable a los hombres libres a través de sentencia judicial, como consecuencia de un crimen; por tanto la cárcel se concibió cómo un medio de coerción policial o administrativa de los magistrados, es decir una medida de seguridad antes de juicio a modo de detención preventiva o espera de ejecución. En el presente estudio pretendemos abordar una aproximación a algunos de los problemas que se plantean en la contención de los reos.