Vicente Magro Servet
Consideraciones acerca de si existe ilicitud penal en la actividad desplegada por las sectas, y, en su caso, qué circunstancias o requisitos exigirían ser probados para entender punibles las conductas en éstas realizadas. Se hace especial hincapié en evitar confundir como reprochables penalmente a todas las conductas o actividades que desarrollan grupos organizados a los que acuden personas por su propia voluntad, analizándose la conocida teoría de la persuasión coercitiva desplegada por los representantes de algunos grupos para captar personas bajo las técnicas del control de la personalidad y la voluntad.