José Domingo Gallego Alcalá
Nace este trabajo fruto de la necesidad de profundizar en la materia de la disciplina urbanística desde la perspectiva del nuevo Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, aprobado por Decreto 60/2010, de 16 de Marzo, el cual ha supuesto relevantes novedades en la siempre compleja materia del Derecho Administrativo urbanístico.
Creo no errar cuando digo que el urbanismo, o mejor dicho la disciplina (indisciplina urbanística) es un, por no decir el primero y principal, problema de las Entidades Locales en los tiempos que nos ha tocado vivir, especialmente de aquellas que cuentan con menores medios con los que combatir la indisciplina.
Ello requiere de los operadores jurídicos y técnicos E]ue trabajan diariamente en alguna de las facetas de la disciplina urbanística la siempre ardua, pero a la vez apasionante labor, de continúo reciclaje profesional, adelantándose en ocasiones a los acontecimientos, siendo aspiración del que suscribe que el presente trabajo alcance utilidad a modo de herramienta, pretendiendo modestamente servir de apoyo particularmente a los operadores que se acercan por vez primera a la materia, pero sin abandonar la esperanza de que a la vez permita profundizar a aquellos que "atesoran más trienios" en una de las muchas disciplinas que nos están encomendadas a los operadores jurídicos locales conforme a la normativa vigente, y la que en la época actual genera una más elevada dosis de inseguridad fruto de las figuras penales que se ciernen sobre los técnicos informantes cual espada de Damocles.