Determinar si en el momento de pedir y adoptar la medida de intervención telefónica se pusieron de manifiesto ante el Juez, y se tomaron en consideración por éste, datos objetivos que permitieran precisar la sospecha de la existencia del delito y que no se trata de una investigación meramente prospectiva, es el mecanismo de control la motivación de la medida adoptada.