Resulta extraño hablar de Derechos de la Tierra, porque solo deben considerarse sujetos de derechos los seres que gozan de la capacidad -virtual o actual- de reconocer qué es un derecho y de apreciar que forman parte de una vida digna. Por ello, resulta más adecuado hablar de la necesidad de establecer una ética de la responsabilidad y el cuidado de la Tierra para preservar su valor, más que otorgarle derechos que únicamente corresponden a quienes puedan tener la capacidad para reconocer qué significan esos derechos y su trascendencia para vivir una vida realizada. Esto es, a los seres humanos.