Miguel A. Albaladejo Campoy
Entre el bosque de incógnitas que suscita una norma tan reciente, compleja y extensa como la Ley Concursal de 2003, se está planteando con insistencia en el mundo financiero si pueden considerarse subordinados los créditos hipotecarios dados por una entidad financiera a sus filiales corporativas, cuestión especialmente importante tras los años de desarrollo inmobiliario y la gran implicación de muchas entidades en los negocios de sus clientes.