Francisco Soto Nieto
Constituye norma general, con plasmación y relieve en el art. 2.6 LVM �Texto contenido en el RD-Leg. 8/2004, de 29 de octubre�. En lo no previsto en dicho contexto legislativo, el contrato de seguro de responsabilidad civil derivado de la circulación de vehículos a motor se regirá por la L 50/1980, de 8 de octubre. Pasaremos al estudio de los arts. 34 y 35 de esta última Ley en cuanto aplicables al seguro de concertación obligatoria y régimen a tener en cuenta para los seguros de daños ante el supuesto de que se lleve a efecto la transmisión de la cosa objeto del interés asegurado.