El objeto de este estudio, al margen de la opinión que las mentadas decisiones judiciales nos merecen, es indagar en qué medida las últimas adiciones jurisprudenciales al tema de violencia de género vaticinan un viraje radical en la interpretación de la Ley Integral, de la violencia que la misma pretende erradicar y los sujetos contra los cuales se dirige la acción penal; o por el contrario, si sólo una eventual lectura de la letra de la Ley, sin vocación de continuidad.