La profesión de Trabajo Social se rige por los principios de los derechos humanos la justicia social, con el objetivo de conseguir un aumento en el bienestar social de la ciudadanía.
Para lograr este objetivo, los profesionales del Trabajo Social, tradicionalmente vienen desarrollando sus funciones en la Administración pública, tanto en la estatal, autonómica, como local.
De todos es conocida la figura del Trabajador/a social en los Servicios Sociales Comunitarios, en Salud, y en otros ámbitos donde desarrolla su labor profesional.
La incorporación profesional no se ha realizado en todas las áreas de igual forma, ni con las mismas garantías, o la misma eficacia, aceptación por el resto de profesionales, etc., e incluso ha habido momentos en los que se ha tenido que reclamar por posible intrusismo profesional, o incluso no se ha visualizado la importancia de la labor realizada por el Trabajo Social.
La figura del Defensor del Pueblo (Ombudsman) surge en los países con sistemas de gobierno democrático y, de forma muy resumida, están definidos como los altos comisionados para salvaguardar los derechos de la ciudadanía.
Desde la creación por Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, de Defensor del Pueblo, se han regulado leyes autonómicas para la creación de estas figuras en sus diferentes Parlamentos Autonómicos, así como creación de sus homónimos a nivel local.
Tanto los Defensores, como el Trabajo Social y por ende los profesionales que van a llevar a cabo las funciones para cumplir estos objetivos, tiene los mismos fines, que es la defensa de los derechos de la ciudadanía, evidentemente, cada uno desde la esfera que le está encomendada.