La sucesión testamentaria, a título particular, se manifiesta en los legados, que revisten diversas modalidades; en general, constituyen un número abierto a la configuración que disponga el causante, dentro de ciertos límites jurídicos sobre la idoneidad del objeto. La fórmula del legado alternativo o disyuntivo, en cuanto permite la elección de alguna de las cosas legadas para su satisfacción y cumplimiento, no es de las más frecuentes. De aquí que se considere interesante basar en la sentencia del Tribunal Supremo, Sala 1.ª de 20 de mayo de 2010 que trata de un legado alternativo, esta columna.