La sentencia en cuestión resuelve, definitivamente, el contencioso habido entre Carod-Rovira contra Jiménez Losantos y demás personas y entidades vinculadas a cada uno de ellos, en el momento de producirse los hechos. El litigio versaba sobre la protección civil del derecho al honor, impetrada por el político catalán, en razón de la intromisión ilegítima en tal bien, a causa de determinadas emisiones radiofónicas, a cargo del periodista turolense.