María José Achón Bruñén
El señalamiento de subasta no puede realizarse de forma inmediata tras el embargo del bien sino que constituye un apriori obligado el cumplimiento de una seria de trámites previos que resultan ineludibles para la validez de la enajenación forzosa y que van a ser objeto de un análisis detallado en el presente artículo en donde se va a prestar especial atención a las últimas modificaciones legislativas introducidas en esta materia por la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial.