Mientras que en las relaciones sociales la confidencia fluye, generalmente, con carácter bidireccional, en el ámbito sanitario la confidencia del paciente se produce en sentido unidireccional y bajo la premisa de una relación de confianza, por lo que, el deber de confidencialidad de los profesionales sanitarios adquiere un carácter cualificado o reforzado como depositarios de los aspectos más íntimos de las personas manifestados, además, desde un estado de vulnerabilidad y dependencia.