La autora revisa y valora la posición adoptada por el Tribunal Supremo en relación con el tema del interés aplicable a las entidades aseguradoras en el caso de demora, considerando esta cuestión, tan prolongadamente debatida, desde la perspectiva de los criterios legales, doctrinales y jurisprudenciales concurrentes, que conducirá a emitir una opinión fundada acerca de la solución vertida en la resolución objeto de este comentario.