Javier Nistal Burón
La Sala Segunda, de lo Penal, del Tribunal Supremo, por Auto de fecha 5 marzo de 2009 resuelve una cuestión de competencia negativa suscitada entre el Juzgadode Vigilancia Penitenciaria n.º 1 de Madrid y el Juzgado de lo Penal n.º 13 de Valencia. La cuestión que se plantea, en principio, es simple y trata de aclarar, ante la indeterminación normativa existente, qué órgano jurisdiccional resulta competente para acordar las órdenes de busca y captura en relación con aquellos internos de Centros penitenciarios que dejan de reintegrarse a la disciplina carcelaria tras haber disfrutado de un permiso concedido por el JVP o por la Administración Penitenciaria.