La atribución de la ganancialidad por los propios cónyuges es un recurso que en los últimos tiempos viene siendo utilizado en multitud de asuntos. El punto de partida es el artículo 1355 CC; si bien, la cuestión no se queda ahí, ya que dicho precepto es aplicable a los supuestos que se incardinan en sus estrechos márgenes, quedando fuera otros supuestos a los que habrá que aplicarles las normas generales, en especial el artículo 1323 CC relativo a la libertad de contratación entre cónyuges. En el presente trabajo trataremos de realizar un acercamiento a los problemas generados por la atribución de la ganancialidad y las soluciones propuestas por la doctrina y la jurisprudencia a las cuestiones surgidas de la aplicación de dicha atribución por los propios cónyuges.