En el Anteproyecto de Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, se introduce una disposición final 24 que aparece titulada como «Ejecución en España del proceso Europeo de escasa cuantía» que regula la jurisdicción y competencia objetiva para tramitar y resolver este proceso. En este artículo abordaremos todas las cuestiones tendentes a su aplicación en nuestro sistema judicial.