Marina Ureta Ruiz de Clavijo
La asistencia jurídica a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social sigue unas pautas parecidas a la del Estado en su conjunto. La ley 52/1997 de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas le es de aplicación y ello supone la existencia de una serie de especialidades procesales que se ven complementadas por otras específicas y peculiares de estos entes.