El presente artículo se centra en la descripción de la ordenación de fuentes en el Reino de Valencia, cuyo diseño se realiza desde la preeminencia de la compilación, ordenación ex novo y fuente importantísima tanto por su territorialización como por su crecimiento como ius proprium, cuyo contenido fundamental permite la formulación del derecho ordenado como un binomio de fuero y privilegio, de observancia debida.